Header Ads

Las tres zonas de salud de la Montaña Palentina no pasan a la fase 1 pese a que aparecen por error en el mapa del Ministerio

Como estaba previsto, ninguna de las tres zonas básicas de salud de la Montaña Palentina (Aguilar de Campoo, Cervera de Pisuerga y Guardo) se unirán a partir de este lunes a la lista de territorios que pasen a la fase 1 de la desescalada. Todo a pesar de que, al parecer por un error, estas tres comarcas sanitarias sí aparecían señaladas en el mapa que ha facilitado el Ministerio de Sanidad con el color de las que avanzaban de episodio. En una segunda versión de ese mapa, la administración central ha rectificado el fallo. En Palencia, según ha confirmado en rueda de prensa el experto del Gobierno central Fernando Simón, la única que pasa a fase 1 es la zona de Torquemada, mientras que el resto tendrán que esperar al menos una semana.

El Ministerio ha optado por aceptar completamente la propuesta de la Junta de Castilla y León, que a principios de semana propuso 26 áreas de salud básicas para comenzar la desescalada, por llevar siete días sin nuevos contagios. Estas a todas las provincias salvo Segovia, explicó el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea. En rueda de prensa telemática, Igea explicó que son zonas rurales en la que cuando se plantee la desescalada, en una semana, llevarán catorce días sin contagios, y que en total suponen más de 53.000 habitantes. En total hay en Castilla y León 247 zonas básicas de salud, que incluyen las urbanas, para las que Igea planteó que el ámbito de medida para la desescalada sea el municipio.

La Junta de Castilla y León sostiene que la desescalada del confinamiento de la población debe hacerse, en nuestra Comunidad, sobre la base de los datos y la respectiva evolución que se registra en las zonas básicas de salud, al menos en lo referido al medio rural. En concreto, 26 zonas básicas de salud, que aglutinan una población –tarjetas sanitarias- que supera las 53.500 personas. Cabe recordar que la orden ministerial citada, publicada este domingo en el Boletín Oficial del Estado, establece en su artículo 5.2. que “de manera motivada, podrán establecerse ámbitos de aplicación diferenciados en unidades de nivel territorial distinto”.

No hay comentarios

Con la tecnología de Blogger.