Header Ads

La Junta cierra el interior de los bares de Cervera de Pisuerga y Aguilar de Campoo, mientras que Guardo se salva



El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Acuerdo por el que se adoptan, a partir de mañana 6 de abril, nuevas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la covid-19, que afectarán a un total de 21 municipios repartidos en siete provincias de la Comunidad, incluidas cinco capitales. Entre las localidades incluidas se encuentran, en la Montaña Palentina, las de Cervera de Pisuerga y Aguilar de Campoo, que tendrán que volver a cerrar el interior de los bares y los locales de juego y apuestas. Por el momento se afecta a Guardo, ya que aunque supera la barrera de las 5.000 personas censadas, el mínimo marcado por la Consejería, no alcanza la incidencia de 150 casos por cada 100.000 habitantes en las últimas dos semanas.

Este régimen afectará también a las localidades de Burgos, Medina de Pomar, Briviesca y Miranda de Ebro (Burgos); Palencia, Villamuriel de Cerrato y Venta de Baños (Palencia); Villablino y La Pola de Gordón (León); Villamayor, Santa Marta de Tormes y Carbajosa de la Sagrada (Salamanca); Segovia, Riaza y El Espinar (Segovia); Soria y Burgo de Osma (Soria); y Valladolid y Tudela de Duero (Valladolid), términos municipales en los que los indicadores epidemiológicos y asistenciales conducen a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del coronavirus SARS-CoV-2.

El Acuerdo tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 horas del día 6 de abril, por un período que inicialmente se extiende durante catorce días, hasta el 19 del mismo mes inclusive; no obstante, la Junta actualizará cada siete días el anexo de términos municipales afectados. Asimismo la Autoridad sanitaria autonómica realizará una labor de seguimiento y de evaluación continua de los indicadores sanitarios, sociales y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.

Las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional que se implementarán a partir del 6 de abril en los 21 municipios castellanos y leoneses indicados son las siguientes:

    Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
  • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
  • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio de que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
    Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

Además de este régimen agravado, en estos 21 municipios se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, en el que se halla la totalidad de la Comunidad autónoma y que se recogen en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

También serán de aplicación las medidas y recomendaciones específicas recogidas tanto en el Acuerdo 30/2021 del Gobierno castellano y leonés como en el Acuerdo 9/2021, de la Presidencia de la Junta, a través de las que se implementan en la Comunidad de Castilla y León las decisiones aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para la contención de contagios de la COVID-19, vigentes hasta el 9 de abril.

No hay comentarios

Con la tecnología de Blogger.