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Estas son las exigencias de la Junta para hacer la matanza del cerdo en los domicilios particulares

Para que la tradición de la matanza domiciliaria de cerdos para autoconsumo en la Montaña Palentina y otras zonas rurales se realice con las suficientes garantías sanitarias, la Junta de Castilla y León establece controles sanitarios, llevados a cabo por veterinarios, para prevenir enfermedades que se transmiten a las personas a través de la carne contaminada por parásitos como la Trichinella spp en especies como el cerdo doméstico y animales silvestres. La presente campaña se desarrolla en el periodo comprendido entre el 30 de octubre de 2021 y el 3 de abril de 2022.


La triquinosis es una enfermedad de transmisión alimentaria que afecta al hombre cuando consume carne de cerdo o animales silvestres parasitados. Estos animales no mueren por esa enfermedad, ni siquiera manifiestan síntomas, por ello sólo puede detectarse la misma con la investigación de la presencia de triquinas en la carne.

El consumo de carne contaminada con triquina puede provocar en las personas la enfermedad conocida como triquinosis, que tras un período de incubación que suele ser de una o dos semanas —aunque puede alcanzar los 45 días—, se manifiesta con gastroenteritis con dolor abdominal, náuseas, vómitos y diarreas, así como la aparición de molestias y dolores musculares y edema de párpados superiores. En algunos casos puede desencadenar incluso la muerte.

Se debe tener en cuenta que en la manipulación de la caza también hay que tomar medidas preventivas para prevenir contraer otras enfermedades como la Tularemia. Esta actividad se encuentra regulada por la Orden de la Consejería de Sanidad de 25 de septiembre de 2000, por la que se regula el reconocimiento sanitario de cerdos sacrificados en domicilios particulares para autoconsumo, y se establece el sistema de identificación empleado en el control sanitario en origen de los animales silvestres que, abatidos en actividades cinegéticas, se comercializan para consumo humano.

Esta normativa prohíbe la comercialización de piezas de carnes frescas y productos cárnicos procedentes de caza silvestre excepto si las carnes son procesadas en un establecimiento de manipulación de caza autorizado donde son sometidos a control oficial veterinario. En este caso, en el lugar de la cacería, un veterinario colaborador hará un examen para detectar posibles anomalías, verificar que la muerte no se debe a motivos distintos de la caza y precintará las piezas abatidas para su posterior traslado al establecimiento autorizado.

En la campaña 2020-2021 el número de cerdos sacrificados en los hogares, y a los que se les ha realizado examen veterinario, fue de 303. En cuanto a la identificación de piezas de caza para su comercialización fueron 195 (33 ciervos, 39 venados, 123 jabalíes) no habiéndose detectado en nuestra provincia ningún caso de Triquina. 

La presente campaña se desarrolla en el periodo comprendido entre el 30 de octubre de 2021 y el 3 de abril de 2022. En esta campaña, no se podrá realizar el análisis por micrografía para el diagnóstico de Trichinella spp. ya que se debe dar cumplimiento al Real Decreto de 9 de diciembre, que establece como métodos de diagnóstico los recogidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015. 

Estos métodos de diagnóstico son más sensibles en caso de infestaciones más leves y, detecta la presencia de una especie de triquina (Triquinella pseudospiralis) que, por sus características, es difícilmente diagnosticable mediante el análisis micrográfico. Estos nuevos métodos de diagnóstico tienen el inconveniente de requerir un aparataje mucho más complejo, mayor espacio físico para su instalación, necesidad de reactivos químicos y requerir más tiempo para su ejecución, especialmente en el caso de revisarse un número pequeño de muestras.

Aquellos ciudadanos que realicen una matanza domiciliaria podrán contactar con un veterinario colaborador, o acudir a los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública para que se proceda al análisis de la muestra. La muestra para entregar por cada uno de los animales a analizar estará constituida por al menos 150 gramos, preferentemente de músculo de los pilares del diafragma y músculo de los maseteros (carrilleras). Las muestras deben contener principalmente tejido muscular (carne); evitando incluir otro tipo de tejido (grasa, fascias, etc.).

En cada muestra figurará el nombre del titular, dirección y teléfono de contacto y, en caso de entregar un mismo titular muestras de varios animales, algún dato que permita identificar a que animal pertenece cada una de ellas. La información de los veterinarios colaboradores autorizados en la provincia de Palencia y sus datos de contacto está disponible en ayuntamientos y centros de salud, así como en la página web de la Junta de Castilla y León.

En caso de que el análisis se lleve a cabo por los Servicios Veterinarios Oficiales de la Junta de Castilla y León, deberá llevarse la muestra a los puntos de recogida y/o análisis establecidos debiéndose abonar una tasa por la “realización de los análisis para la detección de Triquina de animales no sacrificados en mataderos”.

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