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La Policía Local de Aguilar ya cuenta con un test de alcoholemia


El jefe provincial de Tráfico, Fernando Alonso Echeverría, acaba de entregar al jefe de la Policía Local de Aguilar de Campoo, Alberto Ferrero González, un etilómetro evidencial para que dicha Policía pueda denunciar de inmediato a todos los conductores que circulen por la calles del municipio con tasas de alcohol superiores a las permitidas. El alcoholímetro cedido es de tipo evidencial y está expresamente homologado por el Centro Español de Metrología por lo que sus mediciones de alcohol tienen plena validez legal para formular denuncias inmediatas, tanto por la vía administrativa como por la vía penal, contra los conductores ebrios.

Hasta hoy, cuando la Policía Local de Aguilar detectaba a un conductor con indicios de alcohol tenía que solicitar a la Guardia Civil de Tráfico el envío de una patrulla equipada con un etilómetro como el que les ha sido cedido ayer. Sin embargo, ahora, la Policía Local de Aguilar podrá denunciar directamente, y de inmediato, a todos los conductores que detecte por las travesías y vías urbanas de Aguilar con tasas de alcohol superiores a las permitidas; de este modo, la Policía Local va a poder proteger con mayor eficacia la vida y la integridad física de todos sus vecinos y visitantes.

La última memoria publicada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses detectó que el 43 % de los conductores fallecidos en accidente de tráfico en España había consumido previamente drogas, alcohol o psicofármacos.

Cuando el resultado de un control de alcohol realizado a un conductor es positivo, los agentes de la autoridad le impiden de inmediato que continúe al volante y lo denuncian por vía administrativa por cuanto la conducción de vehículos con tasas de alcohol superiores a las permitidas constituye una infracción de tráfico muy grave sancionada con una multa de entre 500 y 1000 euros y la retirada de entre 4 y 6 puntos.

Sin embargo, el Código Penal, en su artículo 379 tipifica como delito la conducción de un vehículo a motor o ciclomotor con tasas superiores a 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Por tanto, si los agentes de la autoridad detectan estas elevadas tasas a un conductor lo denunciarán ante el Juzgado por la vía penal. La sanción por este delito consiste en la privación del permiso de conducción durante un plazo de entre 1 y 4 años y, además, con una de las tres penas siguientes: prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad. El Código Penal también permite a los Juzgados que les decomisen los vehículos a estos infractores en los casos más graves.

Si un conductor provoca un accidente de tráfico debido a la conducción bajo la influencia de las drogas o del alcohol y produce daños a otra persona, la compañía aseguradora del conductor drogado o bebido también indemnizará a la víctima. Sin embargo, posteriormente, la misma compañía aseguradora tiene derecho a reclamarle al conductor drogado o bebido que le abone la totalidad de la indemnización concedida a la víctima.

Acuerdo de colaboración
La Dirección General de Tráfico y el Ayuntamiento de Aguilar firmaron en 2015 un Acuerdo de mutua colaboración en materia de seguridad vial gracias al cual la citada Dirección General le ha facilitado a la Policía Local de Aguilar el acceso al Registro informático de Vehículos y de Conductores, un alcoholímetro indiciario y el etilómetro evidencial entregado en la pasada jornada.

El director general de Tráfico, Gregorio Serrano, anunció la cesión de este etilómetro evidencial el pasado 30 de mayo cuando visitó Aguilar de Campoo en compañía del Subdelegado del Gobierno.

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